¿Sabes qué es la indemnización sustitutiva?
La pensión de vejez es un ingreso mensual vitalicio que obtienes si cumples con unos requerimientos establecidos por los fondos de pensión, como lo son, la edad y las semanas cotizadas, en el caso de las mujeres la edad es de 57 años y el de hombres 62 años, ambos deben haber cotizado un mínimo de 1300 semanas cotizadas, con una mesada pensional no inferior de un SMMLV. Si no cumple con estos requisitos de igual manera tiene derecho a la indemnización sustitutiva.
¿Qué pasa si no cumplo con las semanas cotizadas?
Cuando no cumplo con las semanas cotizadas para reclamar la pensión de vejez, se pueden peticionar al fondo de pensiones la indemnización sustitutiva de devolución de saldos
¿Qué es la indemnización sustitutiva y/o devolución de saldos?
La indemnización sustitutiva es una figura perteneciente al Fondo Público (Colpensiones) y la devolución de saldos está a cargos de los Fondos Privados de Pensiones, en caso de que no cumpla con el requisito de las semanas cotizadas se puede realizar la solicitud para solicitar el desembolso de esos dineros cotizados.
Los requisitos para reclamar la Indemnización moratoria y/o devolución de saldos:
1. No cumplir con las semanas cotizadas
2. Tener la edad mujeres 57 años y hombres 62 años
3. Declaratoria de juramentada de la imposibilidad de seguir trabajando
Es de precisar que después de recibida la indemnización moratoria y/o la devolución de saldos el beneficiario no podrá seguir cotizando para recibir la pensión de vejez.
En muchas ocasiones los cotizantes no reclaman estos saldos a los que tienen derecho, y dejan en el fondo estos dineros que le pertenecen, si desean conocer el estado de sus pensiones o realizar la solicitud del reintegro de estos dineros podemos ayudarlos en conseguirlo.
Quiceno Álvarez Abogados es una firma con más de 30 años de experiencia con expertos en el área de pensiones.
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