DIFERENCIA ENTRE TELETRABAJO Y TRABAJO EN CASA

DIFERENCIA ENTRE TELETRABAJO Y TRABAJO EN CASA

Con la pandemia por covid-19 se ha comenzado a hablar de la implementación de diversas modalidades de trabajo y por lo tanto estas mismas han aumentado considerablemente. Sin embargo, muchos trabajadores se encuentran trabajando bajo la modalidad incorrecta, es por esto que a continuación detallaremos las diferencias y definiciones básicas del teletrabajo y el trabajo en casa.

EL TELETRABAJO se encontraba ya estipulado en la legislación colombiana desde el año 2008 y consta en el hecho de que un trabajador trabaje desde cualquier lugar que no sea la oficina utilizando medios tecnológicos que permitan el constante contacto entre el trabajador y el empleador.

El teletrabajo debe cumplir con algunos requisitos como los siguientes:

  1. El contrato debe pactarse por escrito.
  2. El ministerio de trabajo o inspector de trabajo debe ser informado de la situación.
  3. El puesto de trabajo debe cumplir con las normas de seguridad.
  4. En el reglamento interno de trabajo de la empresa debe ajustarse al teletrabajo.
  5. El empleador debe aportar al trabajador todos los elementos tecnológicos necesarios para el desarrollo de la labor.
  6. Se debe informar a la ARL la modalidad de trabajo.

EL TRABAJO EN CASA es una modalidad que se generó con ocasión a la contingencia por covid-19 pero aún no se encuentra regulada por el gobierno nacional. Consiste en una medida temporal en la cual el empleador y el trabajador acuerdan que este último realizará sus labores desde su casa con el fin de evitar la propagación del covid-19.

El ministerio de trabajo estableció que el trabajo en casa debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Es una medida temporal.
  2. El horario continuará siendo el mismo.
  3. Las funciones y las obligaciones laborales del trabajador no cambiarán.
  4. Las prestaciones sociales del trabajador no deben modificarse.
  5. Se prohíben las sobrecargas laborales.
  6. El trabajador debe realizar pausas activas.
  7. Se debe informar a la ARL de esta situación.

Asesórate con Quiceno Álvarez Abogados para implementar de manera correcta la modalidad de trabajo que se aplique a tus condiciones laborales.

Contáctanos al +57 300 8264204

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
Hola 👋
¿Necesitas asesoría?